IPESAD

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Modalidad no Escolarizada



El IPESAD es una institución de educación superior totalmente en línea que se caracteriza por proporcionar sus servicios educativos y oportunidades de aprendizaje a través de Internet.

Nuestro sistema se apoya en las tecnologías de la Información y la comunicación al servicio de la educación, las cuales hacen posible ofertar con calidad y eficiencia planes y programas de estudio en la modalidad no escolarizada (educación abierta, virtual y a distancia)

El Acuerdo número 279 de la SEP publicado 10 de julio de 2000, por el que se establecen los trámites y procedimientos relacionados con el reconocimiento de validez oficial de estudios del tipo superior establece en su Artículo 14, fracción II:“Las actividades que el estudiante lleve a cabo en ésta modalidad, podrán desarrollarse de manera independiente, sea en espacios internos o externos, fuera de los horarios de clase y como parte de procesos autónomos vinculados a la asignatura, materia, curso o unidad de aprendizaje”.

El Acuerdo número 279 de la SEP publicado el 10 de julio de 2000, por el que se establecen los trámites y procedimientos relacionados con el reconocimiento de validez oficial de estudios del tipo superior establece en su artículo 16: “Los planes y programas de estudio en la modalidad NO ESCOLARIZADA se destinarán a estudiantes que adquieren una formación sin necesidad de asistir al campo institucional”.

El Acuerdo número 243 de la SEP publicado el 27 de mayo de 1998 por el que se establecen las bases generales de autorización o reconocimiento de validez oficial de estudios establece en su artículo 1, fracción II. “Modalidad no escolarizada: la destinada a estudiantes que no asisten a la formación en el campo institucional. Esta falta de presencia es sustituida por la institución mediante elementos que permiten lograr su formación a distancia, por lo que el grado de apertura y flexibilidad del modelo depende de los recursos didácticos de autoacceso, del equipo de informática y telecomunicaciones y del personal”.

La Ley de Educación del Estado de San Luis Potosí establece en su artículo 30. “la modalidad NO ESCOLARIZADA, se caracteriza por su apertura a través de la cual se desarrolla el proceso de enseñanza aprendizaje, sin más limitación que la capacidad de las personas que la eligen”.

No hay actividades ni horas de clase bajo la conducción de un docente, por ser este un plan de estudios ofertado en la modalidad o escolarizada.


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